Resultade todo punto clarificadora la sentencia de 29 de febrero de 2000 del Alto Tribunal al indicar que: “Se le permite ejercitar el juicio de desahucio por precario contra cualquier persona que disfrute o tenga en precario la finca, sea rústica o urbana, sin pagar merced, pues la jurisprudencia ha ido paulatinamente ampliando el concepto de Demanera que extinguido legalmente dicho contrato de arrendamiento, desde la adquisión del inmueble por el hoy demandante, el anterior inquilino viene ocupando la vivienda como precarista al carecer de título alguno que fundamente su uso. Y ello, por no concurrir en el demandado la excepción de tener inscrito el Registro de la Propiedad Conozcalos aspectos esenciales del desahucio por precario según la Ley de Enjuiciamiento Civil: competencia, legitimación y desarrollo del proceso. Temas. Y O juicio verbal de desahucio por precario es uno de los procesos más utilizados por personas que se han visto despojadas de la posesión de un bien contra su Llegadosa este punto, debemos señalar que actualmente la LEC, no hace preceptiva la realización del requerimiento previo que exigía, como presupuesto de la acción desahucio el derogado art. 1.565.3 de la LEC de 1881, toda vez que el art. 250.1.2ª de la LEC vigente nada dice al respecto cuando dispone que se decidirán en juicio 2 Los procedimientos civiles para el desalojo de los “okupas”.- II. EL DESAHUCIO POR PRECARIO.- 1. El concepto de precario.- 2. Las ventajas del desahucio por precario.- 3. Los requisitos para el ejercicio de la acción de desahucio por precario.- 4. Las causas de oposición al desahucio por precario.- III. LA ACCIÓN DE TUTELA SUMARIA DE

Todoslos recogidos en los apartados 1º, 2º, 4º y 7º del Art. 250.1 – 1º, 2º, 4º y 7º, es decir, los juicios de desahucios por falta de pago y expiración del término, incluyendo por lo tanto también los que tengan por objeto exclusivamente la reclamación de rentas y demás cantidades derivadas del contrato de arrendamiento; los de

Asimismo el art. 440.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que en casos de demanda donde se ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago de renta u otras cantidades debida, el Letrado de la Administración de Justicia, tras la admisión de la demanda, requerirá al demandado para que en el plazo de diez días desaloje el
Enconclusión, el coheredero, mientras que la herencia se encuentre en comunidad, podrá ejercitar la acción de desahucio por precario contra el coheredero que esté ejercitando de manera exclusiva la posesión sobre bienes pendientes de adjudicación, siempre que se lleve a cabo en beneficio de la comunidad hereditaria. Si desea ampliar
Deello se desprende que no se puede adosar a este juicio de desahucio por precario la acción de reclamación de cantidad formulada al amparo de la denominada «cláusula indemnizatoria», sobre todo cuando es llano que la reclamación que a su amparo efectúa la actora, la de una indemnización de 500 €/diarios desde el 1 de enero de gjoU.
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